1.- FINALIDAD DE LA PROMOCIÓN
La finalidad del concurso es la promoción de los productos de la marca OLAY mediante una promoción que se celebrará en todo el territorio nacional y, por tanto, en más de una Comunidad Autónoma, desde el 1 de febrero al 30 de junio de 2010, y cuya mecánica se indica en los siguientes expositivos.
La citada campaña consistirá en la puesta en marcha de la quinta edición de un concurso nacional para mujeres consistente en 3 premios de 24.000€ brutos cada uno y 7 de 3.000€ brutos cada uno. Las candidatas podrán destinar esta cantidad a:
- El pago de la matrícula o mensualidades de estudios universitarios, de post-grado o de formación profesional, estudios que, por diversos motivos, las candidatas no pudieron realizar en su momento o tuvieron que interrumpir.
- La puesta en marcha de un proyecto empresarial diseñado por una mujer emprendedora.
Con todas las candidaturas recibidas (tanto becas para estudios como fondos para proyectos empresariales), habrá una selección previa de las mujeres finalistas, de entre las cuales se elegirán tres mujeres ganadoras.
2.- EMPRESA ORGANIZADORA
El organizador de la promoción es Procter & Gamble España, S.A., (en adelante P&GE), con C.I.F. A-28198752, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 4486, Folio 69, Hoja M-74270, Sección 8 con domicilio en Avda. de Bruselas, 24, 28108 Alcobendas (Madrid). Entidad ésta a la que deberán dirigirse todas las comunicaciones y notificaciones relativas al desarrollo de la misma.
3.- RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR
P&GE no será responsable de los retrasos, pérdidas, o deterioros en los envíos, por causas que no le sean imputables. El organizador tampoco responderá de los casos de fuerza mayor (tales como huelgas, etc.) que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. P&GE quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados. Todas las participantes serán responsables de sus actos y comportamiento durante cualquier momento relacionado con el concurso y no podrán imputar responsabilidad alguna a P&GE o a KETCHUM PLEON por las consecuencias de los actos que pudieran efectuar.
4.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN
Para ser participante de la presente promoción se deberá ser mujer, mayor de 18 años y tener residencia legal en España.
5.- PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN
Durante el periodo entre el 1 de marzo hasta el 30 de abril de 2010 las participantes podrán enviar sus candidaturas al apartado correos 46.405 - 28080 Madrid (*) o a través de la página Web www.circulolay.es. Las solicitudes deberán incluir la siguiente información:
(*) Importante: Los apartados de correos no admiten correos certificados
Encabezado con datos personales:
- Nombre completo y apellidos
- Dirección actual
- Fecha de nacimiento
- Teléfono fijo y móvil (en caso de tenerlo)
- Dirección de correo electrónico (en caso de tenerla)
Para las candidatas que opten a una beca de estudios: Breve historia personal exponiendo los estudios que desea iniciar o retomar y los motivos por los que desea cursarlos (extensión máxima: 1 folio A4 por ambas caras).
Para las candidatas que opten al fondo para la puesta en marcha de un negocio: Memoria de la actividad empresarial que pretende poner en marcha la solicitante (extensión máxima: 4 folios A4 por ambas caras):
- Idea de negocio, sector de actividad económica y ámbito geográfico de actuación
- Breve análisis del mercado (Análisis DAFO - Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades - junto con la ventaja competitiva del negocio que se quiere poner en marcha).
- Detalle del producto/servicio que se va a ofrecer
- Resumen financiero: cuantificación capital necesario para iniciar la actividad.
Adicionalmente, las candidatas deberán adjuntar una Fotocopia del DNI o NIE (grapada a la solicitud, en el caso de hacer el envío por correo postal).
Además, las posibles dudas de las candidatas serán atendidas en el teléfono gratuito 900 100 926.
Los historiales y demás materiales enviados por las candidatas no serán devueltos a sus remitentes.
No podrán participar las candidatas que no hayan enviado su historial y sus datos a través del apartado de correos o la página web, o no hayan podido contactar con la organización por otros medios. Tampoco entrarán a formar parte del concurso aquellas candidaturas que no contengan toda la documentación solicitada para participar.
P&GE y KETCHUM PLEON realizarán en el periodo del 1 al 31 de Mayo de 2010 una preselección de un máximo de VEINTE (20) finalistas entre todas las candidaturas recibidas hasta el 30 de abril de 2010.
Una vez seleccionadas estas 20 finalistas, éstas serán sometidas a un jurado compuesto por miembros oficiales del Círculo OLAY (representantes de medios de comunicación, del cine, de la literatura y de la sociedad española), que seleccionarán a las DIEZ (10) mujeres ganadoras de la 5ª edición del Círculo OLAY.
El fallo del jurado será inapelable y se comunicará a las ganadoras durante la primera quincena del mes de junio de 2010.
Sólo se dará un premio por persona.
Cada ganadora acepta que su nombre y el premio obtenido puedan aparecer en los medios utilizados para la comunicación del evento a efectos de hacer pública la información del sorteo efectuado.
6.- PREMIOS
Se entregarán TRES (3) PREMIOS DE VEINTICUATRO MIL EUROS (24.000€) brutos cada uno, los cuales podrán ser destinados a BECAS para iniciar o retomar estudios académicos y/o FONDOS de ayuda para emprendedoras que quieran poner en marcha un proyecto empresarial. En ambos casos, los impuestos pertinentes corren a cuenta de la ganadora.
Asimismo, se entregarán otras SIETE (7) ayudas económicas por un importe de TRES MIL EUROS (3.000€) brutos cada una, en colaboración con Druni, El Corte Inglés, Gilgo, Marionnaud, If, Recio y Cardoso. Dichas ayudas igualmente podrán ser empleadas para iniciar ó retomar estudios académicos o bien para poner en marcha un proyecto de empresa.
En el caso de las becas para los estudios, esta cantidad deberá ser destinada, total o parcialmente, al pago de la matrícula y/o en su caso, las mensualidades de los estudios que vaya a realizar la ganadora. La cantidad que no se destine al pago de matrículas y/o mensualidades será en principio destinada de tal forma que las ganadoras puedan liberar tiempo para cursar los estudios elegidos (por ejemplo ayuda doméstica, cuidado de niños, de ancianos o de enfermos a su cargo, reducción de la jornada laboral, etc). Esta última cantidad no tendrá por qué ser justificada.
En el caso de los fondos de ayuda para emprendedoras, el premio deberá ser destinado a la puesta en marcha de la actividad de la empresa detallada en la candidatura ganadora.
La entrega de los premios se hará por parte de P&GE y la Agencia KETCHUM PLEON en un plazo no superior a 3 meses después de la comunicación oficial a las ganadoras. La entrega de los 3 premios de 24.000€ brutos se celebrará en un acto oficial en el que habrá presencia de medios de comunicación y al que las ganadoras estarán obligadas a acudir, salvo causa de fuerza mayor.
Las TRES (3) ganadoras de las ayudas económicas del Círculo OLAY de 24.000€ brutos cada una deberán firmar un contrato en el momento de recibir el premio en el que se comprometen a justificar ante Procter & Gamble España S.A. las cantidades destinadas a los estudios o proyectos de empresa. De esta forma, transcurrido el primer año después de recibir el premio, deberán comunicar y acreditar cómo ha transcurrido la experiencia. Para las becadas: materias a las que han asistido, exámenes, trabajos, calificaciones, sus impresiones personales. Para las ganadoras del fondo: entrega de la memoria justificativa de los gastos realizados para la puesta en marcha del negocio (facturas emitidas, justificantes de pago, etc.)
Procter & Gamble España, S.A. se reserva el derecho a la difusión de esta información a los medios de comunicación.
7.– MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Una vez conocido los nombres de las personas ganadoras, P&GE o la Agencia KETCHUM PLEON contactará con las mismas de forma directa, y les hará entrega del premio. En el supuesto que no se pueda contactar con las personas ganadoras o que por algún motivo a las mismas imputables, no se les pueda hacer entrega del premio, P&GE contactará con las personas que sustituirán a las ganadoras. En el supuesto de hacerse imposible la entrega de alguno de los premios tanto a una ganadora como a un suplente por causas no imputables a P&GE, la promoción quedará desierta.
Cada ganadora deberá aceptar el premio expresamente mediante la firma de un recibí y no podrá ceder la beca / fondo a un tercero.
8.- EXCLUSIÓN COMO PARTICIPANTES
No podrán participar en el concurso:
1)Los empleados de P&GE.
2) Los empleados de las empresas, agencias de publicidad o agencias de promociones que estén involucradas en la promoción.
3) Los familiares directos (padres, hermanos o hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2.
4) Los cónyuges o parejas establecidas de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3.
P&GE reserva el derecho de solicitar la acreditación personal fehaciente de los participantes.
Si la ganadora que opta al premio resultara no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos o no diera los datos necesarios que le sean solicitados, entre los que podrá incluirse la copia de su DNI, no accederá a los premios objeto de la presente promoción.
9.- DETECCIÓN DE PARTIPACIÓN FRAUDULENTA
P&GE se reserva el derecho de excluir de la presente promoción a aquellos usuarios que sospeche o detecte que hayan participado de cualquier manera fraudulenta, pudiendo solicitar cualquier tipo de documentación a fin de confirmar o no la sospecha. La negación de entregar documentación conlleva la exclusión automática del participante del concurso.
10.- PROPIEDAD INTELECTUAL
Los participantes autorizan que el material que remiten en virtud de la presente promoción se publiquen o utilicen en el marco de la promoción objeto de las presentes bases. Asimismo, aseguran que con el material no están infringiendo ningún derecho de propiedad intelectual de terceros, asumiendo la posible responsabilidad que pueda derivarse de su publicación o uso.
11.- CESIÓN DE DERECHOS
Las ganadores de la presente promoción cederán a Procter & Gamble España, S.A. la totalidad de los derechos derivados de la utilización de sus obras, datos, imágenes y/o voz que puedan realizarse dentro del marco de la promoción objeto de estas bases.
Todas las obras, datos, imágenes y/o grabaciones de voz podrán ser utilizadas por Procter & Gamble España, S.A. para la promoción de esta edición de la promoción como para ediciones futuras. Podrán ser usadas en cualquier medio como televisión, marketing directo, Internet, Páginas Web, revistas, publirreportajes, etc.
12.- CESIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los datos que voluntariamente son proporcionados por las participantes a P&GE en el marco de la presente promoción serán incorporados a los ficheros de las compañías PROCTER & GAMBLE ESPAÑA, S.A. y ARBORA & AUSONIA, S.L.U. para informar y pedir la opinión sobre ésta o nuevas promociones y ofertas relativas a los productos y servicios de las citadas sociedades y realizar estudios de mercado, a través de cualquier medio, incluso e-mail o SMS, así como para realizar tratamientos con el objeto de adecuar nuestras comunicaciones al perfil particular del participante. De este modo, el titular de los datos otorga su consentimiento para que sus datos puedan ser tratados con las finalidades descritas y para que puedan ser comunicados a otras empresas dedicadas a los sectores de telecomunicaciones, ocio y gran consumo, así como a empresas del grupo Procter & Gamble que sean responsables o que participen en la gestión de la relación con los consumidores de los productos. Dichas empresas del grupo podrán estar ubicadas en terceros países, incluso en aquellos que no otorguen un nivel de protección equiparable al ofrecido por la normativa española aplicable. El titular de los datos podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los mismos con las finalidades expuestas, así como comunicar que los mismos no sean utilizados para ofrecerle información a través de e-mail o SMS, dirigiéndose a Procter & Gamble España, S.A. (Departamento de Promociones, Avda. de Bruselas, 24, 28108 Alcobendas, Madrid) y a ARBORA & AUSONIA, S.L.U. (Pg. dels Til.lers, 2-6, 08034 Barcelona) de la forma descrita en la normativa aplicable.
13.- DEPÓSITO
Las bases de este concurso serán depositadas ante Notario de Madrid. La participación en esta promoción implica la aceptación sin reservas de las decisiones del Sr. Notario y de todos y cada uno de los términos y condiciones contenidos en las presentes Bases, que complementan, aclaran y sustituyen cualesquiera bases anteriores que pudieran existir en relación al mismo premio y duración y que no serán impugnables.
El incumplimiento de cualquiera de las bases por parte del participante determinará su inmediata eliminación.
Las participantes y la empresa organizadora aceptan que cualesquiera controversias que pudieran surgir en la interpretación o ejecución de estas bases quedarán sometidas a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital.